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El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia unifica la convocatoria de ayudas al alquiler, que pueden llegar a los 2.500 euros por personas, con una partida de 300.000 euros

13 diciembre, 2021

El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia abrirá en unos días el plazo para solicitar ayudas al alquiler para personas residentes en el municipio y también para los estudiantes de Sant Josep que siguen su formación fuera de la isla. Este año se ha unificado la convocatoria de las ayudas, con una asignación presupuestaria de 300.000 euros, asignados en tres líneas distintas. En cualquiera de los casos, cada demandante podrá recibir un máximo de 2.500 euros, casi triplicando la cuantía máxima prevista en la anterior convocatoria del año pasado, de 900 euros.

Otra novedad de este año es que se han elevado los techos de renta que permiten poder optar a las ayudas, con el fin de abrir el abanico a que más familias y jóvenes del municipio se puedan beneficiar. Así, en la línea específica para familias, se ha previsto una partida presupuestaria de 200.000 euros. Mientras tanto para los estudiantes para facilitar la emancipación de los jóvenes del municipio de menores de 35 años se han reservado otros 100.000 euros.

«Queremos estar junto a nuestros vecinos y vecinas en un momento complicado como el actual y con una importante aportación económica que permitirá que muchas familias puedan hacer frente mucho más tranquilos al tramo final del año, por eso hemos hecho un esfuerzo para ampliar el espectro de las que se podrán beneficiar», ha apuntado la regidora de Vivienda, Guadalupe Nauda. También cumplen el objetivo de «facilitar la continuación de los estudios a los jóvenes del municipio y ayudar a reducir la carga que supone por muchas familias, que por el hecho insular tienen que hacer frente a unos gastos muy superiores para seguir su formación», ha dicho la regidora.

Las bases de estas ayudas, que apenas se han remitido al Boletín Oficial de las Islas Baleares para su publicación, hecho que dará inicio en el periodo para solicitarlas, establecen que solo se podrá pedir una ayuda de 2.500 euros por vivienda. En los casos donde el contrato tenga más de un titular, este dinero se repartirán entre todos los que figuren, siempre que no se indique lo contrario. No la pueden pedir aquellas personas que figuren como locatarias de una vivienda de un familiar de hasta segundo grado ni los que sean accionistas o participen en la empresa propietaria de la vivienda.

Las subvenciones de la línea orientada a las familias solo las pueden solicitar las personas empadronadas en el municipio desde hace más de medio año y para viviendas situadas en Sant Josep, con un precio de alquiler máximo de 1.500 euros, y que sean su residencia habitual. Esta subvención será compatible con otras ayudas, siempre y cuando se esté al día del pago del alquiler.

En cuanto a la línea 2, orientada a los jóvenes que se quieran emancipar, los demandantes tienen que tener más de 18 años y ser titulares de un contrato de arrendamiento de más de un año de duración. La línea 3, a la que se pueden acoger los estudiantes de hasta 35 años, es la única en la que no se tiene que cumplir el requisito que la vivienda esté en el municipio pero se tiene que acreditar documentalmente que la persona estudia fuera de Ibiza. En este caso o bien el estudiante o bien sus padres tienen que figurar en el contrato de alquiler de una vivienda situada en el lugar donde se estudia y que tiene que tener una duración mínima de nueve meses (el curso escolar).

Las ayudas se concederán mediante el sistema de concurrencia no competitiva. Esto quiere decir que todo el mundo recibirá la ayuda máxima prevista siempre que el número de solicitudes lo permita. Esto supone que haya un total de 80 demandantes de la línea 1 y que entre las líneas 2 y 3 se llegue como máximo a los 40. Si se superan estas demandas, la dotación se tendrá que repartir entre el total de demandantes.

En todos los casos, el plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

Para optar a la línea 1 (familias) y 2 (jóvenes), se tendrá que aportar la identificación del demandante y las personas titulares del contrato de alquiler, contrato de alquiler en vigor, justificantes del pago de la renta, certificado de convivencia a efectos de determinar que la vivienda alquilada es el domicilio habitual y una declaración responsable firmada por el solicitante y titular del contrato de alquiler en la cual declaran que se cumplen las condiciones de la convocatoria y que no se incurre en ninguna causa de incompatibilidad. También hace falta acreditar los ingresos del solicitante y de los miembros mayores de 18 años de la unidad de convivencia además del impreso de transferencia bancaria facilidad por el Ayuntamiento debidamente rellenado.

Los demandantes de una ayuda de la línea 3 (estudiantes), tienen que aportar la misma documentación, además de una autorización para presentar la solicitud del titular o titulares del contrato de alquiler y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia y la declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de la convocatoria. También un modelo de comunicación de las personas perceptoras de la subvención, en caso de que las solicitantes quieran que una de ellas reciba la totalidad de la ayuda), además del certificado de matrícula en la universidad que coincida con la ubicación del contrato de alquiler presentado.