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El Ayuntamiento de Sant Josep ha actuado desde el primer momento en defensa de la legalidad urbanística al caso de las obras de un supuesto agroturismo en San Jorge, raíz de las qué abrió expediente de infracción el 10 de octubre del año pasado

17 enero, 2020

Raíz de las últimas informaciones publicadas, el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia quiere puntualizar los hechos, viste que se insiste en una versión que ha sido rectificada por el propio Consejo de Ibiza, según la cual este Consistorio no habría actuado ante las obras ilegales de un presunto agroturismo que se estaría construyendo a nuestro término municipal, al término de San Jorge. La actuación municipal ha estado en todo momento diligente y según los procedimientos que son de su competencia, sin que en ningún caso se pueda argumentar una falta de vigilancia por parte de los técnicos al cargo de la disciplina urbanística en los hechos denunciados ante esta Administración. Fruto de esta, el Ayuntamiento abrió un expediente de infracción urbanística unos días después de tener conocimiento, por la denuncia de un particular, de estas obras sin licencia.

En todo momento se han dado desde este equipo de gobierno todas las explicaciones requeridas sobre la actuación que se ha llevado a cabo, con la única reserva de aquellas que podrían perjudicar la resolución de los procedimientos iniciados porque vulneran las garantías a las qué tiene derecho incluso de la parte investigada. Desgraciadamente, estas explicaciones se han publicado de forma sesgada sugiriendo una desidia que no ha existido, ni por parte de los técnicos ni de los responsables políticos de esta Corporación.

Con un relato ficticio de los hechos se pretende trasladar que las obras habrían empezado hace más de dos años, hecho de lo que no cabe más una constancia formal, y que la institución insular se ha visto obligada a subrogarse las competencias urbanísticas ante la inacción municipal, que habría ignorado, según esta versión, las explicaciones requeridas desde el Consejo sin recibir una respuesta dentro de los plazos. Bien al contrario, la instrucción de los hechos se inicia el octubre del año pasado, cuando el día 3 se recibe la denuncia de un particular sobre unas supuestas obras sin licencia en San Jorge. Cuatro días más tarde, el 7 de octubre, se inicia el expediente de infracción correspondiente. En el Ayuntamiento le consta que el mismo particular presenta denuncia también ante el Consejo, dentro de la relación fluida existente entre los respectivos gabinetes de disciplina urbanística, hecho por el cual se coordina una primera inspección conjunta, con celadores de ambas administraciones, por el día 10 de octubre, una semana después de la primera denuncia y tres días después de abrir el primer expediente. En esta inspección se detecta que las obras en sol rústico común no tienen licencia, como reconoce la propiedad en el mismo acto.

El celador municipal, con posterioridad, realiza una segunda inspección para mesurar el alcance de las obras no autorizadas, encontrando en todo momento la colaboración de la propiedad de la finca. El 2 de diciembre, los servicios urbanísticos del Ayuntamiento reciben un requerimiento del Consejo donde se interesan por las actuaciones iniciadas raíz de este caso. Dos días más tarde, el 4 de diciembre, se da entrada en el Ayuntamiento de tres expedientes con los promotores pretenden regularizar los trabajos: uno de legalización, otro de segregación y un tercero de demolición. Con estos expedientes, los servicios urbanísticos paran la instrucción de la posible infracción mientras se estudia si la documentación aportada restablece la legalidad urbanística vulnerada, tal como se está obligado a hacer en aplicación del ordenamiento y sus garantías.

Días más tarde, el 23 de diciembre pasado, el Ayuntamiento es requerido por varios medios a que valore un comunicado del Consejo donde informa que ha decretado la suspensión de las obras de un supuesto agroturismo –el Consistorio no tiene información de la finalidad de los trabajos detectados, con solo que estas se están haciendo sin la licencia preceptiva—. En el curso de la tarde de aquel mismo día, el Consejo se rectifica a sí mismo y remite un segundo comunicado donde ya no argumenta la inacción del Ayuntamiento como si hacía en una primera versión. Tanto solo alude al requerimiento sin respuesta municipal.

A pesar de que el Ayuntamiento dispone de un año para contestar el requerimiento, habían pasado
solo 21 días desde que se recibió este a los servicios urbanísticos, que gestionan centenares de peticiones de información similares en el año, tanto de instancias judiciales como desde otras administraciones. En el supuesto de que nos ocupa, no está de más recordar que la primera inspección se hace de manera conjunta y, por lo tanto, la administración insular es plenamente conocedora del inicio de expediente de infracción por parte de Sant Josep tres días antes.

A pesar de que la institución insular informa a los medios de la paralización a finales del año pasado, no es hasta el 8 de enero se comunica oficialmente al Ayuntamiento de Sant Josep. El requerimiento anuncia también la voluntad de subrogarse las competencias, y es en este contexto que, ante la actuación de una administración superior, los servicios urbanísticos municipales empiezan a preparar la documentación del caso por su traslado al Consejo, entendiendo que este completará la instrucción iniciada en el Ayuntamiento en aplicación del mínimo sentido de lealtad institucional. A pesar de que no se había agotado ningún plazo.

Antes de remitirla, pero, se comprueba también que estén cumplidos los expedientes presentados por la propiedad, con la opción que tienen garantizada por ley de poder subsanar cualquier documento que pueda carecer antes de darlos por cercados. Esta es la situación en el momento actual. El único expediente de infracción urbanístico abierto es el del Ayuntamiento de Sant Josep, dado que el Consejo no se ha subrogado las competencias en este caso; se ha limitado a anunciar que lo hará.

El Ayuntamiento de Sant Josep estará vigilando de la evolución de un caso que parece que desde el Consejo parecen muy interesados a instruir, hasta el punto de aplicar unos plazos legales muy interpretables para pasar por el encima de los servicios urbanísticos municipales. Confiamos que se mantendrá la misma celeridad en toda la instrucción de este caso, para llegar a una rápida resolución, que es el interés de todos.

Sant Josep de sa Talaia, 17 de enero de 2020