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El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia destina 200.000 euros a ayudas al alquiler de vivienda para personas afectadas por la COVID-19 que ascenderán a los 900 euros como máximo para alquileres de hasta 1.500 euros mensuales

9 julio, 2020

El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia abrirá en unos días el plazo para solicitar alguna de las ayudas para superar las dificultades que los haya causado la COVID-19 para poder afrontar el pago del alquiler. La Corporación destina un total de 200.000 euros a esta línea de subvenciones, con lo que se pretende estar junto a las familias en una situación transitoria que les complica poder mantener su vivienda. «Queremos ayudar a nuestros vecinos y nuestras vecinas que por la coyuntura se han visto en una situación momentánea de vulnerabilidad económica y social, porque pensamos que de esta crisis tenemos que salir todos juntos, sin dejar a nadie atrás», ha apuntado la regidora de Vivienda, Guadalupe Nauda.

Las bases de estas ayudas, que apenas se han remitido al Boletín Oficial de las Islas Baleares para su publicación, hecho que dará inicio en el periodo para solicitarlas, establecen que se dará una ayuda de 900 euros como máximo por vivienda. En los casos donde el contrato tenga más de un titular, este dinero se repartirá entre todos los que figuren, siempre que no se indique lo contrario. No la pueden pedir aquellas personas que figuren como propietarias de una vivienda de un familiar de hasta segundo grado ni los que sean accionistas o participen a la empresa propietaria de la vivienda.

Las subvenciones solo las pueden solicitar las personas empadronadas en el municipio desde hace más de medio año y para viviendas situadas en Sant Josep, con un precio de alquiler máximo de 1.500 euros. Esta subvención será compatible con otras ayudas, siempre y cuando el total de ayudas recibidas no supere el precio del alquiler.

Para beneficiarse, las personas interesadas tienen que acreditar que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), que algún miembro de la unidad de convivencia esté afectado por una reducción de jornada por motivos de conciliación familiar, laboral u organizativos con hijos menores a cargo; también si alguno es autónomo y ha tenido que cesar la actividad por la pandemia o ha visto reducidos sus ingresos o si algún miembro de la unidad de convivencia se encuentra al paro cuando el año pasado tenía trabajo.

Las ayudas se concederán mediante el sistema de concurrencia competitiva, en el cual se valorarán la antigüedad de residencia en el municipio de la persona titular del alquiler, la situación económica de la unidad de convivencia y la pertenencia de alguno de sus miembros a los sectores considerados preferentes por su especial vulnerabilidad.