Tramitación de expedientes de apertura de establecimientos permanentes

ACTIVIDADES PERMANENTES

Son las que se realizan con una duración indeterminada y que cuentan con una infraestructura y un emplazamiento estables.

  1. TIPOS DE EXPEDIENTES
    Las actividades permanentes se clasifican en inocuas, menores o mayores, en función de una serie de parámetros (Títulos I, II y III del Anexo I de la ley 7/2013).
    También se tramitan expedientes de infraestructuras comunes.
     
  2. PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN
    En función de la clasificación de la actividad y del tipo de obras a realizar, si es el caso, se tramitarán los siguientes procedimientos:

    1. Actividades inocuas o menores que no precisan de obras (art. 35 ley 7/2013)
      Declaración responsable de inicio de actividad inocua o menor
    2. Actividades inocuas o menores con obras que no precisan de proyecto (arts. 36 y 45 ley 7/2013)
      Comunicación previa de obras que no precisan proyecto, vinculadas a actividades inocuas o menores
      Declaración responsable de inicio de actividad.
    3. Actividades mayores sin obras; Infraestructuras comunes que no precisan de obras (arts. 37 y 46 ley 7/2013)
      Solicitud de permiso de instalación.
      Declaración responsable de inicio de actividad.
    4. Actividades inocuas o menores con obras que precisen de proyecto; Actividades mayores con obras; Infraestructuras comunes con obras (arts. 38 y 47 ley 7/2013)
      Solicitud de permiso de instalación y obras.
      Declaración responsable de inicio de actividad.

     

  3. TRANSMISIÓN DE ACTIVIDADES
    La documentación a presentar variará en función de si hay transmisor o no.
    Comunicación de cambio de titular con transmisor.
    Comunicación de cambio de titular sin transmisor.
     
  4. TRIBUTOS MUNICIPALES
    Los tributos municipales aplicables a la tramitación de los diferentes tipos de expedientes indicados anteriormente, están regulados por las siguientes ordenanzas:
    Ordenanza fiscal reguladora por la intervención municipal para la instalación, el inicio y ejercicio de actividades y las obras vinculadas
    Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas
    Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
    Asimismo, tendrá que depositarse la fianza indicada en la Ordenanza para la gestión de los residuos de construcción y demolición